En los últimos meses se ha aprobado un real decreto que recoge una modificación a la ley hipotecaria (Ley 1/2013). Este cambio, recogido en el Real Decreto-Ley 1/2015, autoriza el aplazamiento, hasta el año 2017, de los posibles desahucios que se produzcan como consecuencia del impago de los préstamos hipotecarios de viviendas habituales, siempre y cuando el deudor se encuentre en una situación de especial vulneración y concurran determinadas circunstancias económicas contempladas por ley.
¿Qué circunstancias son las que contempla este Real Decreto para que las familias puedan acogerse a él? La situación de especial vulneración estará vinculada a las condiciones de la unidad familiar y en cuanto a las circunstancias económicas, éstas dependerán de los ingresos y situación económica de la unidad familiar, siendo requisito indispensable que el préstamo hipotecario sea para la compra de la única vivienda de propiedad del deudor.
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