El pasado mes de febrero se aprobó un Real Decreto que regula el uso del Documento Único Electrónico (DUE) para la puesta en marcha de distintos tipos de sociedades (cooperativas, comunidades de bienes, sociedades limitadas o emprendedores de responsabilidad limitada) de manera electrónica. Pero… ¿sabes qué es el DUE y cómo te afecta este cambio?
El DUE permite la creación de empresas de manera integrada por medios electrónicos y en un solo procedimiento, lo que facilita la creación de nuevas empresas. En este documento se podrán incluir todos los datos referentes a la sociedad, haciendo más fácil, así, los trámites relacionados con Hacienda y la Seguridad Social que deben hacerse al comienzo de la vida de la misma. Las cooperativas, sociedades civiles, sociedades limitadas laborales y comunidades de bienes podrán utilizar el DUE para llevar a cabo los trámites de creación de su empresa, con excepción de los sectores inmobiliario, financiero y de seguros.
Esta modificación sigue a las ya acontecidas en 2003 (cuando se incluye la constitución de la sociedad limitada como nueva empesa), 2006 (sociedades de responsabilidad limitada) y 2010 (empresas individuales). En 2013, con el objetivo de dar un impulso a los emprendedores, se recoge la figura del “Emprendedor de Responsabilidad Limitada”, a quien se permite realizar los trámites necesarios para su inscripción registral mediante el DUE.