A pesar de que no se trate de un seguro obligatorio, nosotros lo recomendamos encarecidamente. La normativa europea actualmente sólo exige un seguro obligatorio para los vehículos a motor, por lo que la bici queda fuera de esta regla. Ahora bien, quedan sujetas a las normas de circulación y a ellas se refiere Real Decreto Legislativo 339/1990, del 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre el Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Ya que la circulación en bici está sujeta a las normas de circulación, es importante seguir unas sencillas reglas:
- No conducir bajo los efectos del alcohol
- Se puede circular en posición paralela y en grupo, extremando la precaución
- Tienes prioridad para circular en carril bici, paso para ciclistas o arcén debidamente autorizado para uso exclusivo de conductores de bicicletas
- Es necesaria la utilización de cascos de protección en vías urbanas
Estas reglas ponen de manifiesto que el uso de bici puede tener consecuencias a nivel de responsabilidad civil: denuncias por el uso de paso de peatones por un ciclista, actuación negligente por no respetar la prioridad en las normas de circulación aplicables,etc.
Por estos motivos te recomendamos el seguro de bici sin lugar a dudas. Consulta más información aquí.
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